Disposición de la Administración Nacional de Medicamentos,
Alimentos y Tecnología (ANMAT)
En el marco del impulso del uso de las tecnologías que el
Gobierno Nacional promueve en todas las esferas de la gestión
pública, el Ministerio de Salud de la Nación, a cargo de Juan
Manzur, a través de la Administración Nacional de Medicamentos,
Alimentos y Tecnología (ANMAT), dispuso la adopción del Sistema
de Gestión Electrónica con firma digital para la Exportación de
Productos Alimenticios que se realicen con intervención del
Instituto Nacional de Alimentos (INAL).
A partir de la puesta en vigencia de la Disposición
2999 /12, publicada hoy en el Boletín Oficial, las empresas
exportadoras de productos alimenticios podrán cargar desde sus
oficinas o lugares de trabajo los datos y/o la documentación
que se les solicita para extender el aviso de exportación, un
requisito necesario para exportar que se presenta ante la
Aduana.
"El nuevo Sistema constituye una herramienta eficaz para
agilizar la gestión de trámites y de esa manera aumentar la
capacidad de resolución de problemas", sostuvo Carlos Chiale,
titular de la ANMAT, y añadió que "esto se enmarca en el
Programa de Despapelización que se iniciara en el mes de
octubre de 2010, y resulta una mejora cualitativa muy
importante ya que incorpora el uso de firma digital tanto para
funcionarios como para terceros, elimina las barreras
geográficas y descentraliza la realización del
trámite".
Según establece la disposición, quienes necesiten el
"Aviso de exportación" ahora podrán tramitarlo desde sus
oficinas o lugares de trabajo, a través de la página web de la
ANMAT, www.anmat.gov.ar
o http://portal.anmat.gov.ar
"Sistema de Exportación de Productos Alimenticios Apto Firma
Digital". Para ello, se deberá disponer del Certificado de
Firma Digital, correspondiente en términos de la disposición
4029/11 de la ANMAT. El Sistema regirá en forma obligatoria a
partir de los 90 días de la entrada en vigencia de la
norma.
De la puesta en marcha de esta nueva herramienta se
desprenden beneficios como facilitar la atención al
público eliminando las colas de espera para trámites o
disminuir costos al suprimir el uso de papel.
La disposición establece además que la carga de datos y
la firma digital en los trámites de exportación tendrán
carácter de declaración jurada. En caso de duda sobre la
autenticidad de la documentación, la ANMAT podrá solicitar el
soporte papel. La omisión de alguno de los datos impedirá la
realización del trámite.
El uso de la firma digital garantiza el máximo grado de
confidencialidad y seguridad en Internet.
A su vez, dispone que dicho trámite sólo podrá ser
iniciado por personas físicas o jurídicas que cuenten con el
Certificado de Registro Nacional de Establecimiento como
Exportador -RNE- emitido por el INAL o las autoridades
jurisdiccionales competentes..